SBS – Unidad de Inteligencia Financiera

La UIF es una entidad adscrita a la SBS que tiene como función recibir los reportes de operaciones sospechosas que son proporcionados por los bancos, notarias e inmobiliarias. El análisis de la información recibida es sustancial para determinar el lavado de activos y su eventual conexión con actos de corrupción. La información de la UIF es importante para el Ministerio Público a fin de que pueda investigar presuntos casos de lavados de activos, derivado de la comisión de delitos como del narcotráfico, corrupción, entre otros.

En los últimos años, la UIF ha realizado investigaciones a diversos funcionarios públicos o personas relacionadas con ellos y que se presuma o compruebe la realización de actos de corrupción. En noviembre del 2016, se promulgó el D. Legislativo N° 1249, que otorga a la UIF la facultad de solicitar a un juez de turno el levantamiento del secreto bancario del sospechoso de lavado de activos. El Juez Penal de turno deberá resolver la solicitud de la UIF en forma reservada sin audiencia ni intervención de terceros en el plazo de 48 horas contados a partir de la presentación de la solicitud. El pedido inicial de la UIF era que esta solicitud se presentara ante un juez especializado en lavado de activos lo cual fue modificado en la norma aprobada.

Otro avance importante ha sido el habilitar legalmente al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) para que proporcione información sobre entroncamientos y vínculos familiares a solicitud de las autoridades competentes. El D. Legislativo N° 1279 del 27 de diciembre del 2016 garantiza la protección de datos, ya que este tipo de información solo será brindada a las autoridades competentes cuando tienen a su cargo procedimiento o investigación por corrupción, lavado de activos y/o tráfico ilícito de drogas.

Hubiese sido ideal evaluar formas de acceso directo al secreto bancario y tributario (que requieren reforma constitucional) o que el juez que evalúa la solicitud de la UIF sea un juez especializado en lavado de activos. Asimismo se requiere otorgar a la UIF la facultad de enviar al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) la información de inteligencia sobre lavado de activos de los candidatos (propuesta N° 69 de la Comisión Presidencial de Integridad).

 

Un tema sensible de abordar es la falta de transparencia de estructuras societarias nacionales o extranjeras. En muchos casos, es difícil saber quién es la persona natural que está detrás de un interés. En otros países se están planteando proyectos de ley sobre la figura de los registros de beneficiarios finales. Es decir, las empresas que operan en nuestro país deberían declarar anualmente quienes son las personas que en última instancia se benefician.  Esto permite mejorar la lucha contra la corrupción, evasión y delincuencia organizada[1].

[1] Véase: http://busquedas.elperuano.com.pe/download/url/decreto-legislativo-que-establece-el-deber-de-registrar-los-decreto-legislativo-n-1279-1467927-3

Enlaces

CAN
PCM
Proética
Transparencia
Convoca
Ojo Público
IDL-Reporteros
La Contraloría General de la República
Plataforma Anticorrupción - 2023
Desarrollado por medioseideas.com