Casos emblemáticos de condenas impuestas por delitos de corrupción

En los últimos años, el Poder Judicial ha impuesto condenas por delitos de corrupción a altos funcionarios públicos, específicamente, gobernadores regionales. Otros tantos aún permanecen con procesos abiertos y prisiones preventivas. A continuación se muestran algunas sumillas de casos de los ex gobernadores regionales condenados por delitos de corrupción y las decisiones de la Corte Suprema.

El exGobernador Regional de Áncash, Waldo Ríos Salcedo, afrontó un juicio por presuntas irregularidades en 1999 durante su gestión como alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaraz. Se le acusó de haberse apropiado de la mitad del presupuesto designado para la ejecución del Mercado Popular de Huaraz.

El Ministerio Público solicitó ocho años de pena privativa y la inhabilitación para ejercer la función pública. Ríos Salcedo permanece desde septiembre de 2016 en el penal de Huaraz, luego de que se le condenara por el delito de colusión desleal a cinco años de prisión efectiva, a la inhabilitación de tres años para cumplir función pública y al pago de 8000 nuevos soles como reparación civil.

La condena de cinco años contra Waldo Ríos fue ratificada por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema. El funcionario fue condenado por el delito de colusión desleal en agravio de la Municipalidad de Huaraz y la Sala presidida por el Juez Supremo César San Martín Castro ratificó la pena dictada por la Corte Superior de Áncash. La sala está compuesta además por Víctor Prado Saldarriaga, Jorge Salas Arenas, Elvia Barrios Alvarado y Hugo Príncipe Trujillo. También se ratificó la reparación civil de ocho mil nuevos soles.

Álex Kouri fue condenado como autor e inductor del delito de colusión agravada a una pena de cinco años de prisión, inhabilitación por tres años para ejercer cargos públicos y el pago de 26 millones de nuevos soles de reparación civil, por dirigir ilegalmente un concurso público para que la empresa Convial Callao se adjudique la construcción de la Vía Expresa Callao, en junio de 1999, por 45 574 716  dólares americanos, con una inversión de solo 182 398 dólares americanos.

Luego de adjudicar el contrato, el municipio postergó hasta en seis oportunidades la firma del contrato, para darle tiempo a Convial de capitalizarse, y cumplir con los requisitos previstos en la convocatoria. Los jueces establecieron que Convial estaba constituida por familiares y amigos de Álex Kouri.

El contrato se firmó en el 2001. Ante la falta de fondos, la Municipalidad del Callao autorizó a la empresa cobrar peaje por un pequeño tramo, a la salida del aeropuerto con dirección a Lima, para que pudieran financiar el proyecto.

Kouri se defendió en el juicio diciendo que el proceso judicial tenía un origen político porque el caso se había iniciado con un informe de la Contraloría, en la gestión de Genaro Matute, a quien calificó como su enemigo.

La sentencia señaló que la actividad delictiva giró en torno al proceso de concesión para otorgar la buena pro de la construcción de la Vía Expresa Callao, comportamiento ilegal que comenzó inclusive antes de la formalización del proyecto, con el objetivo de favorecer a determinadas personas. La sentencia detalla un viaje que realizaron Álex Kouri, Félix Moreno y Juan Sotomayor durante tres días a Argentina, que coincidía con el viaje de Javier Lowry Gazzini, representante de Convial. También se anota que los actos preparatorios del delito se habían iniciado en 1999, como aparece en varios “vladivideos” de conversaciones entre Alex Kouri y Vladimiro Montesinos.

El caso ahora está en la Corte Suprema. César Hinostroza, Presidente de la Sala Penal Transitoria Suprema, se inhibió y no participa de la revisión de la sentencia pues su hermana, Edith Hinostroza, trabajó como procuradora del Gobierno Regional del Callao.

La Sala está integrada por los jueces supremos José Neyra Flores, Carlos Ventura Cueva, Iris Pacheco Huanca, Luis Cevallos Vega y Zavina Chávez Mella. Se espera que la decisión final ratifique la condena impuesta.

En el Callao un grupo de ciudadanos se ha movilizado ante la grave situación de corrupción que afecta a la Provincia Constitucional para pedir investigación y sanción frente a estos hechos y denunciar al grupo político que  dirige el Callao desde hace más de 25 años: Chim Pum Callao.

La situación de corrupción ha continuado en el Callao. El 9 de abril del 2017, el Poder Judicial ha procedido a dictar prisión preventiva por 18 meses contra Félix Moreno Caballero, quien se desempeñaba como Gobernador Regional. La decisión judicial tiene que ver con pruebas fundadas de soborno de Odebrecht por la construcción de la Vía Costa Verde del Callao.

Gerardo Viñas Dioses, exGobernador Regional de Tumbes, fue sentenciado por el Poder Judicial a 11 años de prisión efectiva por el delito de colusión agravada, tras una denuncia interpuesta por la Contraloría. El fiscal del caso, Walter Delgado Tovar, solicitó 24 años de prisión para la autoridad.

El Primer Juzgado Penal Nacional halló culpable a Viñas Dioses y a otros cuatro implicados por ocasionar, en 2011, perjuicio económico de más de 9 millones 200 mil nuevos soles al Estado al haber reconocido irregularmente una liquidación a favor de la empresa A&J Inversiones SAC, mediante una conciliación ilegal dentro de un proceso arbitral.

Dicha conciliación ilegal se dio luego de que, sin contar con el debido sustento técnico, la empresa dejó inconclusas e inservibles las obras de saneamiento del proyecto “Mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable de los distritos de Corrales, San Jacinto, Pampas de Hospital y San Juan de la Virgen”, afectando a miles de familias de Tumbes.

Se comprobó que Gerardo Viñas y los involucrados en el caso defraudaron al Gobierno Regional de Tumbes concertando intereses a fin de favorecer a la empresa contratista y obtener beneficios en desmedro de recursos públicos.

También fueron condenados exfuncionarios regionales que laboraron en la gestión de Viñas Dioses, como el exprocurador público Daniel Castañeda Serrano, quien fue sentenciado a catorce años de cárcel por los delitos de colusión agravada y peculado doloso. Además, el abogado Juan Carlos Quinde Rojas, de la Oficina de Asesoría Jurídica, recibió diez años de prisión por el delito de colusión agravada.

Por el mismo caso se sentenció con diez años de prisión por el delito de colusión al dueño de la empresa A&J Inversiones SAC, Javier Francisco Rodríguez Vences, y con doce años por colusión agravada y falsedad genérica a César Guzmán Halberstad, presidente del Tribunal Arbitral que resolvió el pago irregular de la conciliación.

Los involucrados también deberán pagar de manera solidaria una reparación civil de 500 mil soles. Asimismo, los exfuncionarios implicados quedaron inhabilitados para laborar en el Estado por cinco años y el Juzgado Penal decidió suspender las funciones de la empresa A&J Inversiones SAC por un año.

Luego de estar prófugo por varios meses, Gerardo Viñas Dioses cumple prisión en el penal de Piedras Gordas tras su captura en Quito (Ecuador). Actualmente, es procesado por otros delitos.

El ex presidente regional de Ucayali, Jorge Velásquez Portocarrero, fue condenado a cinco años y cuatro meses de prisión por el alquiler irregular de un hotel vinculado a uno de sus exasesores.

El primer Juzgado Unipersonal de Coronel Portillo determinó que Velásquez, Gobernador Regional en el periodo 2007-2014, dispuso el alquiler de las instalaciones del hotel’Petita’s Inn para que funcionaran oficinas del gobierno regional. La sala concluyó además que Velásquez modificó el Plan Anual de Contrataciones del Gobierno de Ucayali para garantizar el alquiler de las instalaciones del hotel, ubicado en el centro de Pucallpa y que era propiedad de la esposa de uno de sus exasesores.

Como parte de la condena, el juzgado dispuso la inhabilitación de Velásquez para ejercer cualquier cargo público durante el periodo que dure la condena. Además, el sentenciado deberá pagar una reparación civil de 300 000 nuevos soles.

No obstante estar en prisión cumpliendo condena, el 18 de mayo del 2017, su vivienda fue allanada en el marco de una nueva investigación por lavado de activos al no haber sabido explicar el incremento de su patrimonio. La Policía de lavado de activos decidió intervenir un edificio y tres avionetas de la empresa Noramérica, que también serían de su propiedad.

El 29 de noviembre de 2011 el exGobernador Regional de Ayacucho convocó al proceso de licitación pública N.° 132011-CGRA-SEDECENTRAL para la adquisición de maquinarias en el proyecto Fortalecimiento de la Capacidad Resolutiva del Servicio de Equipo Mecánico. A pesar de ello, dicho proceso de licitación fue cancelado mediante Resolución Ejecutiva Regional N.° 1409-2’11-GRA-PRES del 20 de diciembre de 2011, al señalar que se había declarado en situación de emergencia la red vial de la Región Ayacucho. Ello permitió que la adquisición de las maquinarias se realice sin el proceso de licitación anteriormente mencionado.

Lo anterior, devino en que la Fiscalía acuse a Wilfredo Oscorima, Tony Hinojosa y Edwin Ayala por el delito de negociación incompatible. Por su parte, la defensa del gobernador suspendido, solicitó al Poder Judicial recurso de casación contra la sentencia condenatoria, puesto que considera que no tuvieron las pruebas suficientes.

En este caso, el ex gobernador fue sentenciado a cinco años de cárcel efectiva por el delito contra la administración pública por la compra irregular de maquinarias valorizadas en 20 millones de nuevos soles, así como la inhabilitación para ejercer cargos públicos y el pago de 1 309 000. Sin embargo, este exfuncionario público no se presentó el día de la lectura de sentencia y estuvo prófugo varios meses, hasta que por medio del sistema de recompensas la PNP logró capturarlo.

Lo increíble ha ocurrido el 16 de mayo del 2017. En una polémica decisión, la Primera Sala Penal de la Corte Suprema resolvió, por casación, la absolución del Oscorima y su reposición como gobernador regional de Ayacucho. Es decir, ha sido absuelto del delito de negociación incompatible en agravio del Estado, por la compra de maquinarias pesadas valorizada en 20 millones de nuevos soles. La decisión de la Corte Suprema, tomada con cuatro votos a favor y uno en contra, señala que la existencia de una infracción administrativa no constituye automáticamente un delito. Es cuestionable la decisión de la Corte Suprema pues como lo ha señalado el procurador Amado Enco, basado en informes de OSCE, no existía la situación de emergencia que exonerara del procedimiento de licitación en las compras (La República, 21 de mayo del 2017. Pag.13). La decisión de la Corte Suprema constituye un mal precedente en la lucha contra la corrupción y contra gobernadores regionales corruptos.

El 19 de diciembre del 2016, el exGobernador Yván Vásquez fue condenado a seis años de prisión por el delito colusión. Según la sentencia, en vez de convocar a un concurso público, acordó irregularmente contratar al ingeniero Ricardo Rojas para que elaborara el perfil del expediente técnico para las obras del alcantarillado de Iquitos.

Rojas señaló en su declaración al Ministerio Público que hizo el trabajo ad honorem. Sin embargo, en la investigación se determinó que sí cobró y que el exGobernador desvió fondos públicos para pagarle.

El fiscal anticorrupción Víctor Avelino Cruz no solo ha pedido que se ratifique la condena contra todos, sino el pago de una reparación civil al Estado de 500 millones de nuevos soles. Rojas también fue condenado a 6 años de prisión, junto a los funcionarios regionales Walter Ríos, Jorge Mantilla, Carlos García Otero y Walter Anaya Calderón

 

Sin embargo, el 17 de mayo del 2017, una Sala de Apelaciones de Loreto ha emitido una decisión cuestionable al ordenar un nuevo juicio y la libertad del ex gobernador al considerar que la Fiscalía “no ha dado las evidencias” de los hechos. Por ello, dispuso anular todo el proceso y en los próximos meses debe comenzar el nuevo juzgamiento; previa determinación del juzgado que se hará cargo del caso que compromete a Vásquez. Se espera que el nuevo juicio tenga la celeridad que el caso requiere.

Caso Petroaudios

Agosto 2017. La Corte Suprema de Justicia resolvió absolver en última instancia a los involucrados Rómulo León, Alberto Quimper, Daniel Saba, César Gutiérrez, entre otros, en el denominado Caso Petroaudios. De esta manera, el Tribunal confirmó la sentencia de la Tercera Sala Penal Liquidadora del 16 de febrero de 2016.

Lea la sentencia en el siguiente link:

SPP-R-N-677-2016-LIMA- Sentencia Caso Petroaudios

 

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